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El día de hoy, 9 de agosto de 2024, fue publicada la resolución SAT-DSI-1310-2024, la cual cobra vigencia el 10 de agosto. Por medio la misma, se emiten las disposiciones administrativas para que terceros autorizados por medio de la agencia virtual, puedan realizar gestiones en el Registro Tributario Unificado en nombre o representación del contribuyente. Los terceros autorizados únicamente podrán ser abogados, notarios, contadores públicos, auditores o peritos contadores.

El sistema informático de la SAT verificará que el delegado cumpla con la característica especial de encontrarse habilitado conforme los registros de SAT como abogado y Notario, Contador Pública y Auditor o Perito Contador; para que, consecuentemente sea designado por el contribuyente para efectuar gestiones ante la SAT en su nombre.

Es importante mencionar que el contribuyente podrá retirar su consentimiento a la habilitación concedida al tercero autorizado en cualquier momento y desde ese instante, el tercero ya no podrá realizar gestiones del contribuyente; y que, la Intendencia de Atención al Contribuyente será la encargada de comunicar a los contribuyentes cuando esté disponible y en funcionamiento la herramienta.

Cabe recordar que, con anterioridad a esta publicación, la autorización a terceros para hacer gestiones se realizaba por medio del formulario SAT-362 de Autorización de Tercera Persona y presentandose a la agencia u oficina tributaria los requisitos de terceros y los requisitos del trámite a realizar, con el fin de obtener la constancia del trámite solicitado. Cuaquer duda o consulta puede cotactarnos y le atenderemos gustosamente.

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